Salud y Bienestar
Plataforma Tecnológica de Intermediación
en Salud Mental y
Bienestar
| VERSIÓN | 3.1 — Julio 2026 |
| JURISDICCIÓN | República de Colombia |
| TIPO | Documento contractual vinculante |
Documento contractual vinculante · Versión 3.1 — Julio 2026
Esenza — Contrato de Prestación de Servicios — v3.1 Julio 2026
1
| Razón Social | Esenza Salud y Bienestar S.A.S. |
| NIT | 902031055-1 |
| Representante Legal | Actuando a través de su representante legal |
| esenzasaludybienestarsas@gmail.com | |
| Teléfono | +57 310 780 2423 |
| Domicilio | Bogotá D.C., Colombia |
| Naturaleza | Plataforma tecnológica de intermediación. No es IPS. |
| Nombre Completo | _____________________________________________ |
| Cédula / NIT | _____________________________________________ |
| Teléfono | _____________________________________________ |
| _____________________________________________ | |
| Dirección | _____________________________________________ |
| Profesión / Especialidad | _____________________________________________ |
| Tarjeta Profesional No. | _____________________________________________ |
Las partes, en ejercicio de la autonomía de la voluntad privada y conforme a las normas civiles y comerciales aplicables, acuerdan celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales Independientes, el cual se regirá por las siguientes cláusulas.
Esenza — Contrato de Prestación de Servicios — v3.1 Julio 2026
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El presente contrato tiene por objeto la prestación de servicios profesionales independientes de salud mental por parte del CONTRATISTA a través de la plataforma tecnológica de ESENZA, actuando esta última como intermediario tecnológico para facilitar la conexión entre profesionales de salud mental y pacientes, sin ejercer como Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS).
La presente relación contractual corresponde a un contrato de prestación de servicios profesionales independientes, celebrado en ejercicio de la autonomía de la voluntad privada y regido por las normas civiles y comerciales aplicables, sin subordinación laboral, dependencia, horarios fijos ni exclusividad. El CONTRATISTA actúa con total autonomía profesional, técnica y científica. No existe vinculación laboral con ESENZA ni obligación de pagar salarios, prestaciones, vacaciones, primas o cesantías.
ESENZA NO ES UNA IPS y actúa únicamente como plataforma tecnológica de intermediación que facilita la conexión entre profesionales independientes y pacientes, organizando los pagos, el agendamiento, la trazabilidad y la experiencia del usuario, sin intervenir en las decisiones clínicas del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA es exclusivamente responsable de:
El contrato no es exclusivo. El CONTRATISTA puede prestar servicios en otras plataformas, instituciones o canales propios, siempre que no interfiera con sus compromisos de disponibilidad, horarios y citas dentro de ESENZA. Esta libertad está sujeta a las políticas de funcionamiento, incluyendo la política anti-captación y anti-desvío.
La disponibilidad horaria configurada en la plataforma constituye un compromiso vinculante. El CONTRATISTA se obliga a:
El incumplimiento reiterado podrá ser causal de terminación del contrato conforme a la Cláusula Séptima.
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Los pagos realizados por los usuarios a través de medios electrónicos (PSE, tarjetas de crédito, billeteras digitales u otros) generan una comisión por procesamiento equivalente a 3.4% + $900 COP, o la tarifa vigente cobrada por la pasarela de pagos.
Dicha comisión será asumida exclusivamente por ESENZA y será cubierta con el porcentaje de ingresos que corresponde a la plataforma. En ningún caso la comisión de la pasarela disminuirá el porcentaje de participación económica del CONTRATISTA.
Para todas las consultas realizadas mediante videollamada a través de la plataforma, el CONTRATISTA recibirá el 60% del valor total de la consulta, mientras que ESENZA recibirá el 40% restante por la provisión de la plataforma tecnológica, el agendamiento, la gestión administrativa, la trazabilidad, el soporte operativo y demás servicios asociados.
La comisión de la pasarela de pagos será asumida por ESENZA y se descontará exclusivamente de la participación económica correspondiente a ESENZA, sin afectar el porcentaje del CONTRATISTA.
TABLA DE TARIFAS Y DISTRIBUCIÓN — CONSULTAS VIRTUALES:
| Arte Terapia | $105.000 | → $63.000 profesional (60%) |
| Nutrición | $105.000 | → $63.000 profesional (60%) |
| Psicología | $120.000 | → $72.000 profesional (60%) |
| Psicología Clínica | $140.000 | → $84.000 profesional (60%) |
| Psiquiatría Control | $220.000 | → $132.000 profesional (60%) |
| Psiquiatría 1.ª Vez | $270.000 | → $162.000 profesional (60%) |
Para consultas realizadas en espacios físicos habilitados, el CONTRATISTA recibirá el 55% del valor total de la consulta, mientras que ESENZA recibirá el 45% restante por la provisión del consultorio, recepción, infraestructura, servicios administrativos y tecnológicos.
La comisión de la pasarela de pagos será asumida exclusivamente por ESENZA y no afectará el porcentaje correspondiente al CONTRATISTA.
TABLA DE TARIFAS Y DISTRIBUCIÓN — CONSULTAS PRESENCIALES:
| Arte Terapia | $125.000 | → $68.750 profesional (55%) |
| Nutrición | $125.000 | → $68.750 profesional (55%) |
| Psicología | $145.000 | → $79.750 profesional (55%) |
| Psicología Clínica | $165.000 | → $90.750 profesional (55%) |
| Psiquiatría Control | $255.000 | → $140.250 profesional (55%) |
| Psiquiatría 1.ª Vez | $310.000 | → $170.500 profesional (55%) |
INCLUYE EN EL 45% DE ESENZA:
Ubicaciones: TuEme Bogotá y TuEme Cajicá (con expansión futura a otras ciudades). *Disponible para Psicología y Psiquiatría.
Los valores publicados por ESENZA corresponden a las sesiones estándar disponibles dentro de la plataforma. No obstante, algunos procesos profesionales, metodologías o intervenciones podrán requerir condiciones diferentes de duración, estructura o tiempo de atención.
En estos casos, ESENZA podrá habilitar modalidades extendidas mediante la reserva de bloques adicionales de tiempo dentro de la plataforma, permitiendo al CONTRATISTA desarrollar la intervención correspondiente según su criterio, formación y autonomía profesional.
Estas modalidades no representan una diferenciación en la calidad del servicio ni una categorización por tipo específico de terapia, sino una adaptación operativa según el tiempo y estructura necesarios para la prestación del servicio.
La distribución económica aplicable se realizará sobre el valor total de la reserva, conforme a los porcentajes establecidos por ESENZA para la modalidad correspondiente.
El usuario deberá conocer y aceptar previamente la duración, valor y condiciones de la modalidad extendida antes de la prestación del servicio.
Frecuencia: Pagos mensuales. Fecha de corte: Día 30 de cada mes. Forma de pago: Transferencia electrónica a la cuenta bancaria registrada por el CONTRATISTA. Monto mínimo: No existe monto mínimo; se pagará la totalidad del saldo acumulado. Retenciones: Se practicarán las retenciones tributarias aplicables conforme al régimen del CONTRATISTA y la normativa vigente.
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El CONTRATISTA es única, exclusiva y completamente responsable por su ejercicio profesional independiente, incluyendo sin limitarse a:
ESENZA actúa únicamente como plataforma tecnológica de intermediación y su responsabilidad se limita exclusivamente a: proveer infraestructura tecnológica funcional, procesar pagos y distribuir los ingresos conforme al contrato, verificar documentación inicial de habilitación del profesional, y facilitar espacios físicos habilitados (modalidad presencial).
ESENZA NO ES RESPONSABLE DE:
El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a ESENZA, sus directivos, empleados y accionistas de cualquier reclamación, demanda, acción judicial, proceso administrativo, sanción, multa, indemnización, daño o gasto (incluyendo honorarios legales) que surja como consecuencia de: su ejercicio profesional o mala praxis, reclamaciones de pacientes, violación de normativas de salud o códigos de ética, incumplimiento de obligaciones del presente contrato, o cualquier acción u omisión en su práctica profesional.
Si ESENZA es demandada o vinculada en procesos por causa del CONTRATISTA, este se obliga a: (a) Asumir toda la defensa legal y costos, (b) Reembolsar gastos legales de ESENZA, (c) Indemnizar cualquier condena o acuerdo conciliatorio, (d) Comparecer como parte y exonerar a ESENZA de responsabilidad.
Se recomienda enfáticamente al CONTRATISTA contar con póliza de responsabilidad civil profesional con cobertura mínima de $500.000.000 COP, aunque no es obligatoria para este contrato. La ausencia de póliza implica que el CONTRATISTA asume personalmente y con su patrimonio TODOS los riesgos económicos, legales y financieros derivados de su ejercicio profesional.
El CONTRATISTA reconoce que actúa como profesional independiente y que la relación con ESENZA corresponde exclusivamente a una prestación de servicios, sin vínculo laboral, subordinación o relación empleador–empleado.
Por lo anterior, el CONTRATISTA será el único responsable de gestionar, declarar y cumplir con sus obligaciones legales, tributarias, profesionales y de seguridad social que le correspondan conforme a la normativa vigente.
ESENZA no realizará aportes a seguridad social, EPS, pensión, ARL, prestaciones sociales ni otros conceptos derivados de una relación laboral, dado que esta no existe entre las partes.
Los pagos realizados por ESENZA corresponderán únicamente a los valores generados por los servicios profesionales efectivamente prestados a través de la plataforma, de acuerdo con las condiciones comerciales establecidas.
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4B
Todos los derechos de propiedad intelectual sobre la plataforma ESENZA (software, diseño, marca, contenidos, algoritmos, bases de datos) son propiedad exclusiva de ESENZA SALUD Y BIENESTAR S.A.S. Los materiales, guías, protocolos y recursos disponibles en la plataforma son propiedad de ESENZA o de dominio público en salud. El CONTRATISTA puede utilizarlos únicamente en el marco de los servicios prestados a través de la plataforma, sin derecho a reproducirlos, venderlos o distribuirlos fuera de ESENZA.
Los materiales, metodologías o contenidos desarrollados de manera independiente por el CONTRATISTA seguirán siendo de su propiedad, salvo que exista un acuerdo escrito diferente entre las partes.
Creación y propiedad: Las historias clínicas son creadas por el CONTRATISTA como parte de su ejercicio profesional. La información clínica pertenece al paciente conforme a la Ley.
DECLARACIÓN FUNDAMENTAL:
ESENZA NO ES UNA IPS y NO CUSTODIA historias clínicas. ESENZA actúa exclusivamente como plataforma tecnológica de intermediación. La plataforma no almacena, custodia, conserva ni gestiona historias clínicas ni información sensible de pacientes. La custodia, conservación y manejo de las historias clínicas es responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA en su calidad de profesional de la salud independiente, conforme a la Resolución 1995 de 1999, la Ley 2015 de 2020 y demás normativa aplicable del Ministerio de Salud y Protección Social.
Tanto ESENZA como el CONTRATISTA son responsables del tratamiento de datos personales en el ámbito de sus funciones. ESENZA es responsable de la seguridad de la plataforma, encriptación de las comunicaciones, prevenir accesos no autorizados y gestionar los consentimientos informados de los usuarios frente a la plataforma. El CONTRATISTA es responsable del uso ético de información clínica, mantener la confidencialidad, la custodia de las historias clínicas, no compartir datos fuera de la plataforma y cumplir el secreto profesional.
La violación de confidencialidad o filtración de datos es causal de terminación inmediata del contrato y responsabilidad legal del infractor.
Los pacientes/usuarios aceptan los Términos y Condiciones y la Política de Privacidad de ESENZA al crear su cuenta, donde se les informa sobre: (a) Uso de la plataforma tecnológica, (b) Tratamiento de datos personales, (c) Naturaleza de la relación con profesionales independientes, (d) Que ESENZA no custodia historias clínicas, (e) Derechos y responsabilidades.
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Por razones de orden operativo, trazabilidad, protección de datos, continuidad del servicio y transparencia, el CONTRATISTA no podrá captar, redirigir, atender, facturar, contactar o continuar por canales externos con usuarios/pacientes que hayan sido conocidos, asignados, contactados, atendidos o gestionados a través de ESENZA, salvo autorización previa, expresa y escrita de ESENZA.
La prohibición aplica durante la vigencia del contrato y hasta 1 año después de su terminación. Conductas prohibidas:
Esta política NO restringe la libertad del CONTRATISTA de ejercer en otras plataformas o canales propios. La prohibición aplica exclusivamente a usuarios/pacientes gestionados a través de ESENZA.
En caso de incumplimiento debidamente comprobado de las obligaciones establecidas en la cláusula de no captación o desvío de pacientes, previa verificación objetiva de los hechos y garantizando al CONTRATISTA la posibilidad de presentar sus descargos, ESENZA podrá:
En caso de incumplimiento de la obligación de no captación o desvío de pacientes, el CONTRATISTA pagará a ESENZA, a título de cláusula penal, una suma equivalente a tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), sin perjuicio de la terminación inmediata del contrato, de las demás acciones legales a que haya lugar y de que ESENZA reclame los perjuicios adicionales que logre demostrar cuando estos excedan el valor de la cláusula penal.
El contrato tendrá una duración indefinida y podrá ser terminado por cualquiera de las partes con preaviso de treinta (30) días calendario mediante comunicación escrita al correo electrónico registrado.
ESENZA podrá terminar unilateralmente el contrato, previa notificación escrita al CONTRATISTA y garantizando una oportunidad razonable para que este presente las aclaraciones o descargos que considere pertinentes —salvo que la gravedad de la causal haga imposible la continuación del contrato—, en los siguientes casos debidamente comprobados: vencimiento o pérdida de vigencia de la tarjeta profesional, cancelación o suspensión del registro RETHUS por autoridad competente, sanciones disciplinarias en firme emitidas por tribunal de ética profesional, falsedad en documentos presentados, incumplimiento injustificado de las obligaciones legales aplicables al CONTRATISTA como profesional independiente, incluyendo las relacionadas con seguridad social cuando correspondan conforme a la normativa vigente, desvío de pacientes conforme a la Cláusula Sexta, violación de confidencialidad, o mala praxis profesional determinada por autoridad judicial, administrativa o tribunal de ética competente.
La terminación no extingue: cláusula anti-desvío (1 año adicional), confidencialidad (indefinida), indemnidad por hechos anteriores, pagos pendientes y responsabilidad por pacientes atendidos durante la vigencia.
Toda controversia o diferencia relativa a este contrato que no pueda ser resuelta directamente por las partes, será sometida a ARBITRAJE administrado por la Cámara de Comercio de Bogotá, con un (1) árbitro, conforme al Reglamento de dicha institución y bajo la Ley 1563 de 2012, en español, con sede en Bogotá D.C. El laudo arbitral será definitivo y de obligatorio cumplimiento para las partes.
Este contrato se rige por las leyes de la República de Colombia: Ley 527 de 1999 (Comercio Electrónico), Ley 1438 de 2011 (Reforma a la Salud), Ley 1581 de 2012 (Protección de Datos), Ley 1563 de 2012 (Arbitraje), Códigos de Ética Profesional aplicables y demás normas civiles y comerciales pertinentes.
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5B
Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones cuando dicho incumplimiento sea consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito, entendidos como hechos imprevisibles, irresistibles y ajenos a la voluntad de las partes, incluyendo pero sin limitarse a: desastres naturales, actos de autoridad, disturbios civiles, guerras, epidemias o pandemias declaradas, cortes generalizados de energía o internet, incendios o cualquier otro evento de naturaleza similar. La parte que invoque la fuerza mayor deberá notificar a la otra dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la ocurrencia del hecho. Durante la vigencia del evento de fuerza mayor, las obligaciones quedarán suspendidas, reanudándose una vez superado.
ESENZA procurará mantener la disponibilidad de la plataforma de manera continua, sin garantizar un funcionamiento ininterrumpido. ESENZA podrá realizar mantenimientos programados o de emergencia, procurando notificar con la debida antelación cuando sea razonablemente posible. En caso de fallas técnicas no imputables a ESENZA, su responsabilidad se limitará a realizar esfuerzos comercialmente razonables para restablecer el servicio. ESENZA no será responsable por la pérdida de citas, ingresos o cualquier perjuicio derivado de la indisponibilidad temporal de la plataforma, salvo que dicha indisponibilidad sea consecuencia de dolo o culpa grave de ESENZA.
La relación profesional, ética y terapéutica existe exclusivamente entre el paciente y el CONTRATISTA. ESENZA no es parte de dicha relación, no la supervisa, no la dirige, no la controla ni asume responsabilidad alguna por ella. Todos los derechos y obligaciones derivados del acto profesional corresponden únicamente al CONTRATISTA y al paciente.
Sin perjuicio de las causales de terminación definitiva, ESENZA podrá suspender temporalmente el acceso del CONTRATISTA a la plataforma cuando existan indicios razonables de una situación que amerite investigación, mientras esta se adelanta. La suspensión se notificará por escrito al CONTRATISTA, informándole el motivo y el plazo estimado de investigación, el cual no podrá exceder de quince (15) días hábiles salvo que la complejidad del caso justifique una prórroga. Concluida la investigación sin hallazgos, la cuenta será reactivada de inmediato. La suspensión preventiva no constituye una sanción definitiva ni implica reconocimiento de responsabilidad por parte del CONTRATISTA.
ESENZA podrá recibir quejas de pacientes relacionadas con la atención profesional del CONTRATISTA. En tales casos, ESENZA: (a) pondrá la queja en conocimiento del CONTRATISTA en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles; (b) concederá al CONTRATISTA un plazo de diez (10) días hábiles para presentar sus descargos por escrito; (c) evaluará conjuntamente la queja y los descargos antes de adoptar cualquier medida; (d) no impondrá sanciones automáticas o definitivas basadas exclusivamente en quejas no verificadas. Lo anterior no impide que el paciente pueda acudir directamente a las autoridades competentes.
Las disposiciones de la Cláusula Séptima reflejan el compromiso de ESENZA con la transparencia, el debido proceso contractual y la buena fe que debe regir las relaciones entre las partes.
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5C
Al término del contrato por cualquier causa, ESENZA liquidará los pagos correspondientes a consultas efectivamente realizadas y pagadas por el paciente dentro de los treinta (30) días calendario siguientes. El derecho al pago del CONTRATISTA nace únicamente respecto de consultas efectivamente prestadas y pagadas, y está condicionado a que no existan contracargos, devoluciones o disputas pendientes sobre dichas consultas.
Las cancelaciones y reembolsos se regirán por las Políticas de Funcionamiento de ESENZA. En caso de contracargo (chargeback) o reversión de un pago por parte de la entidad financiera, cuando el contracargo tenga origen en circunstancias atribuibles al CONTRATISTA o respecto de servicios efectivamente liquidados a su favor, ESENZA podrá descontar el valor correspondiente de los pagos futuros del CONTRATISTA o, si no existieran, solicitar su reembolso. Igualmente, ESENZA podrá deducir de los pagos futuros cualquier suma que el CONTRATISTA adeude a ESENZA por cualquier concepto derivado de este contrato.
Todos los contenidos, materiales educativos, meditaciones, ejercicios de respiración, lecturas, recursos digitales, diseños, marcas, software y demás elementos disponibles dentro de la plataforma ESENZA son de propiedad exclusiva de ESENZA Salud y Bienestar S.A.S. o de sus respectivos titulares cuando corresponda. El CONTRATISTA podrá utilizarlos únicamente para apoyar la prestación de los servicios a los pacientes dentro de la plataforma ESENZA. Queda prohibida su reproducción, distribución, modificación, comercialización o utilización para fines distintos sin autorización previa y escrita de ESENZA.
Los materiales, metodologías o contenidos desarrollados de manera independiente por el CONTRATISTA seguirán siendo de su propiedad, salvo que exista un acuerdo escrito diferente entre las partes.
El CONTRATISTA se obliga a mantener medidas de seguridad razonables, de conformidad con las instrucciones de seguridad que ESENZA comunique razonablemente, para proteger la confidencialidad de los datos personales a los que tenga acceso, incluyendo: uso de contraseñas seguras, no compartir credenciales de acceso, mantener actualizado su software antivirus, utilizar redes seguras para las consultas virtuales y abstenerse de almacenar información de pacientes en dispositivos no protegidos. El incumplimiento de estas obligaciones que resulte en una brecha de seguridad será considerado incumplimiento grave del contrato.
El CONTRATISTA se obliga a informar a ESENZA sobre cualquier situación que pueda constituir un conflicto de intereses en relación con la prestación de sus servicios a través de la plataforma. A título enunciativo, se considera conflicto de intereses: tener vínculos económicos, familiares o personales con pacientes que puedan comprometer la objetividad profesional; utilizar su posición en la plataforma para favorecer intereses propios ajenos al servicio contratado; o cualquier otra circunstancia que razonablemente pueda afectar la imparcialidad en la atención.
El CONTRATISTA se compromete a responder las comunicaciones de ESENZA relacionadas con la operación de la plataforma en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles. La falta de respuesta reiterada a comunicaciones de ESENZA podrá ser considerada como incumplimiento de las obligaciones de disponibilidad y dar lugar a las medidas previstas en este contrato.
Las disposiciones de esta Cláusula Octava son de carácter vinculante y complementan las obligaciones establecidas en las Cláusulas Primera a Séptima, formando parte integral del presente contrato.
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El presente contrato se integra con las Políticas de Funcionamiento de ESENZA, las cuales constituyen parte integral del acuerdo y son de obligatorio cumplimiento para el CONTRATISTA.
ESENZA es una plataforma tecnológica de intermediación, no una IPS. Organiza la infraestructura, el agendamiento, los pagos y la trazabilidad de citas, sin intervenir en decisiones clínicas ni supervisar el ejercicio profesional del CONTRATISTA.
ESENZA garantiza el derecho del CONTRATISTA a ejercer en otras plataformas o canales propios, sujeto al cumplimiento de los compromisos adquiridos dentro de ESENZA y a la política anti-captación.
La disponibilidad horaria configurada constituye un compromiso vinculante. El incumplimiento reiterado podrá dar lugar a la terminación del contrato.
El CONTRATISTA no podrá captar, redirigir o atender por canales externos a usuarios de ESENZA durante la vigencia del contrato y hasta un (1) año después de su terminación.
El CONTRATISTA se obliga a mantener la reserva y confidencialidad de los datos personales a los que tenga acceso con ocasión de la prestación de los servicios, utilizándolos exclusivamente para la atención del paciente dentro de la plataforma ESENZA y dando cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 y demás normas aplicables en materia de protección de datos personales.
Las políticas son parte integral del contrato y tienen carácter vinculante. Su violación constituye incumplimiento contractual. ESENZA podrá actualizarlas notificando al CONTRATISTA con al menos quince (15) días de antelación. Las modificaciones sustanciales que afecten derechos u obligaciones del CONTRATISTA requerirán su aceptación expresa. En caso de no estar de acuerdo con dichas modificaciones, el CONTRATISTA podrá dar por terminado el contrato mediante preaviso de quince (15) días.
La firma del presente contrato implica la aceptación plena de todas las Políticas de Funcionamiento de ESENZA.
Al aceptar este contrato, el profesional declara bajo gravedad de juramento:
A. Habilitación Profesional: Poseo título profesional, tarjeta profesional vigente y/o registros profesionales aplicables según mi profesión. Declaro que soy responsable del cumplimiento de mis obligaciones profesionales, tributarias y de seguridad social que me correspondan como trabajador independiente conforme a la normativa vigente.
B. Naturaleza de la Relación: Soy contratista independiente sin vínculo laboral con ESENZA. El contrato no es exclusivo. ESENZA no es una IPS.
C. Compromisos Operativos: Cumpliré estrictamente mi disponibilidad. Acepto la distribución: 60% virtual / 55% presencial. Pagos mensuales. Fecha de corte: día 30 de cada mes.
D. Políticas de Funcionamiento: Acepto la política anti-captación y todas las políticas de la Cláusula Novena.
E. Responsabilidades Legales: Acepto la cláusula de indemnidad, Ley 1581/2012, obligaciones tributarias y arbitraje.
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Al firmar este contrato, confirmo que he leído, entendido y acepto íntegramente todos los términos establecidos en el presente contrato y sus cláusulas adicionales, incluyendo las Políticas de Funcionamiento de ESENZA, y me comprometo a cumplirlas fielmente. Este contrato tiene plena validez jurídica conforme a la Ley 527 de 1999 sobre Comercio Electrónico, el Decreto 2364 de 2012 y demás normas aplicables en materia de firma electrónica.
EL CONTRATANTEEsenza Salud y Bienestar S.A.S. Firma electrónica Representante Legal Nombre ___________________________ NIT 902031055 Fecha ___________________________ Ciudad Bogotá D.C., Colombia |
EL CONTRATISTAProfesional Independiente Firma electrónica Profesional Nombre ___________________________ C.C. / NIT ___________________________ Tarjeta Prof. No. ___________________________ Fecha ___________________________ Ciudad ___________________________ |
Legislación Aplicable
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Validez del Contrato
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La firma de las partes podrá realizarse mediante firma manuscrita
escaneada o mediante firma electrónica enviada a través del correo
electrónico registrado por el CONTRATISTA. El envío del contrato firmado
desde el correo electrónico suministrado constituirá evidencia de
aceptación y consentimiento, de conformidad con la Ley 527 de 1999 y las
normas aplicables.
Este contrato se rige por la legislación de la República de Colombia.
Controversias resueltas por arbitraje en la Cámara de Comercio de
Bogotá.
ESENZA SALUD Y BIENESTAR S.A.S. · NIT: 902031055-1
esenzasaludybienestarsas@gmail.com · +57 310 780 2423 · Bogotá D.C., Colombia
Documento generado digitalmente · Versión 3.1 — Julio 2026
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Versión profesional con portada, 7 páginas, todas las cláusulas actualizadas, tabla de precios y espacio para firmas.
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